Cataluña:Subvenciones a empresas y entidades para la asistencia y participación en ferias, festivales y mercados internacionales
Las subvenciones son para la asistencia y participación en ferias, festivales y mercados internacionales, así como en encuentros de redes internacionales que se lleven a cabo durante el año de la convocatoria correspondiente, por parte de empresas y entidades culturales en el ámbito de las artes escénicas, de las artes visuales, del sector editorial, del musical y del sector multimedia. El objetivo es favorecer la presencia en estos acontecimientos de dichas empresas.
No se subvencionará la asistencia y la participación en congresos, jornadas, conferencias, seminarios y acontecimentos de carácter académico.
¿A quién va dirigido?
A las empresas personas físicas y jurídicas y a las entidades pirvadas sin ánimo de lucro domiciliadas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña.
Plazos:
Hasta el 4 de noviembre de 2010
Documentación que debe acompañar a la solicitud:
1. Copia compulsada del DNI y NIF de la persona solicitante.
2. En caso de que sea una persona jurídica, copia compulsada de la documentación que acredite la personalidad jurídica de la entidad, inscrita en el registro correspondiente.
3. Cuando se actúe en nombre de otro:
* Copia compulsada del DNI de la persona firmante de la solicitud.
* Copia compulsada de la documentación acreditativa de la representación con que actúa, debidamente inscrita en el registro correspondiente, si procede.
4. En caso de empresas con una plantilla igual o superior a 25 personas, declaración de medidas de prevención y detección de casos de acoso sexual y de acoso por razones de género.
5. Declaración de la remuneración que ha percibido el personal directivo de la entidad solicitante en los últimos doce meses.
6. Solicitud de transferencia bancaria para pagos del ICIC.
7. Otros documentos incluidos en el formulario de solicitud.
No es necesario aportar los documentos indicados en los puntos 1, 2 y 3 en caso de que la persona solicitante ya los haya presentado a la Generalitat o al Instituto Catalán de las Industrias Culturales (ICIC) en otras ocasiones y siempre que no hayan pasado más de cinco años ni hayan experimentado ninguna modificación. Si es así, se debe indicar la fecha y el órgano en que fueron presentados y el procedimiento al que hacían referencia. Sin embargo, si el ICIC, por causas ajenas a su actuación, no puede conseguir los documentos, requerirá al solicitante que los aporte en un plazo máximo de diez días hábiles.
La convocatoria de subvenciones puede prever que no sea necesario presentar determinados documentos cuando la Administración de la Generalidad, de acuerdo con los convenios interadministrativos que se firmen con los organismos competentes, tenga acceso telemático a la información correspondiente y disponga de la autorización de la solicitante o quien la represente.
Documentación sobre el proyecto
1. Memoria-encuesta debidamente cumplimentada.
2. Ficha económico debidamente cumplimentada.
3. Originales de las facturas y los comprobantes de pago de todos los gastos de la actividad:
* Desplazamiento:
o En caso de que se viaje en avión o en tren habrá que presentar el billete original, y en el caso de billetes electrónicos se deberá presentar las tarjetas de embarque.
o Si se viaja en automóvil será necesario un certificado de kilometraje firmado por el representante de la emrpesa o entidad solicitante y los tickets originales de los peajes. En el caso de alquiler de vehículo es necesaria la factura de la empresa de alquiler.
o Para el resto de transportes a presentar los tickets y / o recibos originales.
* Alojamiento: se debe presentar la factura original del establecimiento autorizado.
* Transporte de carga: se debe presentar la factura del transportista.
* Alquiler del stand: deberá presentar las facturas originales emitidas por la organización de la feria.
* Acreditaciones: deberá Presento la factura o el ticket de gasto emitidos por la organización de la feria.
4. Si procede, declaración conforme es la primera vez que se ha participado en la feria, festival o mercado internacional o encuentro de red internacional.
5. Documentación acreditativa de la participación de la empresa o entidad solicitante en la feria, festival, mercado internacional o encuentro de red internacional en el/la que ha participado.
Requisitos
1. Las ferias, los festivales, los mercados internacionales y los encuentros de redes internacionales deben realizarse fuera de Cataluña.
2. La solicitud se debe presentar una vez finalizada la actividad.
Otras informaciones
Actividades subvencionables
1. El desplazamiento, las acreditaciones y el alojamiento de un máximo de cuatro personas por empresa y por feria, festival, mercado o encuentro de red internacional.
2. Los gastos de alquiler del stand y de transporte de la carga, si procede.
Actividades no subvencionables
1. Los gastos de desplazamiento y alojamiento para llevar a cabo representaciones, espectáculos y exposiciones en los ámbitos antes mencionados.
2. Los gastos correspondientes a cachés, honorarios profesionales, cualquier gasto relativo a manutención, promoción, publicidad, billetes correspondientes a clases preferentes de las diferentes compañías aéreas, ni producción del stand u obras en el mismo.
Publicado el 28 Julio 2010

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