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El Institut d'Estudis Balèarics convoca subvenciones para apoyar la creación cultural en el archipiélago

El equipo de trabajo IAC Baleares, ha colaborado en la revisión de estas ayudas, inéditas en las islas y con carácter plurianual.

Más información sobre la convocatoria AQUÍ

Subvenciones para apoyar la creación de los sectores de las artes escénicas, la música, la literatura, el cómic y la ilustración, las artes visuales y el audiovisual de las Islas Baleares para el año 2020

1. Presupuesto

El crédito asignado a esta convocatoria es de 490.000 € (cuatrocientos noventa mil euros).

2. Objeto y finalidad

Esta convocatoria tiene por objeto apoyar a creadores para procesos específicos de investigación y creación dirigidos a la futura producción de obras y proyectos relacionados con las artes escénicas, la música, la literatura, el cómic y la ilustración, las artes visuales y el audiovisual de las Islas Baleares.

3. Líneas

Se distribuye en las siguientes líneas de ayudas:

I. Artes escénicas : 98.000 euros

- Textos teatrales: 40.775 euros

- Creación coreográfica: 24.525 euros

- Creación circense: 32.700 euros

II. Música : 98.000 euros 

- Música para el entorno audiovisual y creación contemporánea: 32.800 euros

- Jazz: 32.600 euros

- Música popular y urbana: 32.600 euros

III. Literatura, cómic e ilustración : 98.000 euros 

- Textos literarios: 54.000 euros

- Cómic e ilustración: 44.000 euros

IV. Artes visuales : 98.000 euros 

- Artes plásticas.

- Fotografía y vídeo.

V. Audiovisual : 98.000 euros 

- Guión de largometraje cinematográfico de ficción o animación, largometraje documental y series: 83.000 euros

- Guión de cortometraje de ficción o animación y cortometraje documental: 15.000 euros

4. Beneficiarios

Son beneficiarias de estas ayudas las personas físicas mayores de 18 años, las que desarrollan su actividad profesional en los sectores mencionados en el apartado 1.1 de la base primera, que sean naturales de las Islas Baleares o que desarrollen su actividad profesional en las Islas Baleares. También son beneficiarios los colectivos de creadores constituidos como persona jurídica o comunidad de bienes dadas de alta de actividad económica en epígrafes vinculados a la creación ya la actividad profesional en el ámbito de la cultura. Estas personas jurídicas deberán estar establecidas en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, y tener en el momento de solicitud de la ayuda, un establecimiento permanente operativo en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares con al menos dos años de

5. Plazo de presentación de solicitudes

A partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB estará abierto 30 días hábiles, es decir, del 24 de julio al 3 de septiembre de 2020 , ambos incluidos.

6. Presentación de solicitudes

Las solicitudes de ayudas para todas las convocatorias del IEB deben presentarse a través del Registro Electrónico Común. Puede acceder haciendo clic en este enlace .

La presentación de documentación por vía electrónica es obligatoria para todas las personas jurídicas con residencia fiscal en España (empresas, cooperativas, sociedades civiles, asociaciones y fundaciones), y recomendable para las personas físicas (individuos, personas dadas de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos y comunidades de bienes). Más información  aquí .

7. Fecha máxima de justificación

El plazo para justificar las actividades objeto de la ayuda termina el 15 de octubre de 2021 , con la remisión de la creación subvencionada y, en su caso, de su inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual. 

Este texto es un resumen informativo. Os rogamos que lea la convocatoria oficial. Para más información, escríbanos a subvencions@iebalearics.org